Fue aprobado en Comisiones del Senado iniciativa de Decreto que reconoce el Derecho a la desconexión digital de los trabajadores

La propuesta del senador Ricardo Monreal busca proteger los derechos de los trabajadores, evitar el abuso de patrones y daños a la salud mental y física de los trabajadores

Información publicada en https://www.masreformasmejortrabajo.mx/index.php/sociedad/informacion-general/item/3813-fue-aprobado-en-comisiones-del-senado-iniciativa-de-decreto-que-reconoce-el-derecho-a-la-desconexion-digital-de-los-trabajadores

Por Silvia Arzate y Gabino Jiménez / MRMT

15 Octubre 2020

Las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y la de Estudios Legislativos del Senado aprobaron, la iniciativa con proyecto de Decreto por el que se adiciona el artículo 68-Bis a la Ley Federal del Trabajo y que establece que las y los trabajadores tendrán derecho a la desconexión digital a efecto de que les sean garantizados, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto a su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar.

Para estas Comisiones Unidas, resulta de gran importancia la propuesta de adición del senador Monreal, ya que como se pudo observar en estos meses de emergencia sanitaria, el trabajo a distancia a través del uso de tecnologías de la información es una herramienta necesaria para continuar con el engranaje de una nación, a fin de que no se vea afectada en su crecimiento familiar, económico y social, entre otros, pero sin que exista un abuso por parte del patrón que lleve a tener al sector trabajador laborando más tiempo de lo que la Ley en la materia establece y que exista un respeto al derecho humano de toda persona al goce de condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias que le aseguren el descanso, el disfrute del tiempo libre y la limitación razonable de sus horas de trabajo, tal y como lo establece el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales.

La propuesta del senador Ricardo Monreal Ávila, del Grupo Parlamentario del partido Movimiento Regeneración Nacional (MORENA), busca proteger los derechos de los trabajadores que realizan teletrabajo. Destaca que la regulación y modalidades para el ejercicio de este derecho, atenderán a la naturaleza y objeto de la relación laboral, privilegiarán el derecho a la conciliación de la actividad laboral y la vida personal y se sujetarán a lo establecido en la negociación colectiva o, en su caso, a lo acordado entre el patrón y los representantes de las y los trabajadores.

La iniciativa recientemente aprobada, estipula además que el patrón, en coordinación con las personas representantes de las y los trabajadores, deberán elaborar una política interna dirigida a las y los trabajadores, incluidos quienes ocupen puestos directivos, en la que habrán de definirse las modalidades para ejercicio del derecho a la desconexión y las acciones de formación y de sensibilización del personal sobre un uso razonable de las herramientas tecnológicas que evite el riesgo de fatiga u otros problemas de salud.

La política a la que se refiere el párrafo anterior deberá contener, además, mecanismos para prevenir y sancionar los actos hostiles que, en su caso, puedan suscitarse cuando la o el trabajador ejerza su derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral, incluyendo aquellos actos que segreguen a las y los trabajadores o impliquen afectaciones a las prestaciones a que tengan derecho

La demanda de que las y los trabajadores estén disponibles en todo momento ha comenzado a reconocerse como una circunstancia potencialmente violatoria a sus derechos humanos y peligrosa para la salud de los trabajadores, al ocasionarles trastornos de ansiedad, trastornos no orgánicos del sueño vigilia y estrés postraumático, entre otros.

La legislación laboral mexicana a través del artículo 123 constitucional y del Título Tercero de la Ley Federal del Trabajo establece que la duración de la jornada laboral será de ocho horas y que los trabajadores tienen derecho a un día de descanso por cada seis días laborados.

Luego dispone como excepción la posibilidad de que, por circunstancias extraordinarias, las horas de la jornada se aumenten; sin embargo, éstas no podrán ser más de tres horas diarias, ni tres veces consecutivas. En el mismo sentido, establece que las y los trabajadores no están obligados a prestar sus servicios por un tiempo mayor al señalado y en caso de que el tiempo extraordinario exceda nueve horas a la semana, el patrón deberá pagar al trabajador el tiempo excedente con un doscientos por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada.

De acuerdo con datos de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), de sus integrantes, México es la nación donde más tiempo se trabaja con un promedio de 2,148 horas al año, lo que representa 414 horas por encima de la media.

Además, las horas trabajadas anualmente por los mexicanos contrasta con las 1,363 horas que los alemanes trabajan al año, es decir, 785 horas menos que los mexicanos.

Asimismo, la propia OCDE ha concluido que cuanto más trabajan las personas son menos productivas y las horas excesivas de trabajo usualmente no se reflejan en mejores salarios.

Así, los holandeses como los franceses trabajan menos de mil 500 horas por año en promedio y sus niveles de productividad son altos.

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