La subcontratación de personal, modelo generador de precariedad, pobreza y desigualdad
Información publicada en https://www.masreformasmejortrabajo.mx/index.php/economia/tercerizacion-del-trabajo/item/5032-se-estima-que-existen-900-empresas-de-subcontratacion-y-solo-100-pagan-cuotas-al-imss-saul-escobar-toledo
Brenda Virenka Amaya Arzate y Gabino Jiménez Velasco. / MRMT/ LyT
El INEGI informó que en 2018 había 4.5 millones de trabajadores en el esquema de subcontratación y a la fecha no se han logrado frenar esas conductas ilegales que afectan los derechos de los trabajadores, a las finanzas públicas por 227 mil millones de pesos en 2018 y en 2019 por 324 mil millones de pesos, de acuerdo con estimaciones de algunos legisladores, lo que significa que tan sólo en un año la evasión fiscal por el outsourcing creció exponencialmente 70 por ciento.
Así lo destaca el estudio “La Subcontratación: una Relación Laboral Multiforme”, de Saúl Escobar, investigador de la Dirección de Estudios del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), sustentado en diversos análisis y una amplia bibliografía.
Ante la expansión acelerada de la subcontratación, el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) considera que “constituye hoy, junto a la informalidad, la inestabilidad laboral y los bajos ingresos, uno de los problemas que aquejan al mercado laboral mexicano y lo convierten en generador de precariedad, pobreza y desigualdad, en lugar de ser un medio de inclusión social.
Según la firma Staffing Industry Analist, existirían en México, de acuerdo con datos conservadores, alrededor de 900 empresas de subcontratación, de las cuales solo 100 tienen inscripción en el IMSS y únicamente el 40 por ciento paga impuestos.
Para abogados laboralistas, este tipo de subcontratación, que tiene como objetivo principal ahorrar costos evadiendo la contratación colectiva, es la que domina el mercado laboral en México.
De acuerdo con cálculos del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), la evasión de la seguridad social por empresas mediante esquemas de subcontratación o registro de menores salarios asciende aproximadamente a 21 mil millones de pesos al año, señala el estudio de Escobar Toledo.
El llamado “huachicoleo de cuotas al IMSS” consiste en esquemas de simulación laboral, realizado principalmente mediante el outsourcing —contratación por medio de un tercero— en los cuales las compañías no registran el salario real de los trabajadores, lo cual significa que también contribuyen con menos dinero a la cuenta para el retiro y vivienda.
La palabra subcontratación es una forma más bien elegante de señalar una práctica de defraudación fiscal a cargo de personas que se ostentan como despachos, empresas o contratistas, pero que en realidad actúan como grupos delincuenciales, puntualizó el investigador del INAH.
Es evidente que estos casos deben ser tratados de manera diferente a las otras formas de subcontratación, aunque en la vida real a veces resulte difícil distinguir uno de otro debido a que la fachada de las empresas (una razón social aparentemente legal) pareciera muy similar.
Este tipo de empresas o razones sociales sirven para falsificar facturas y contratos comerciales para el sector público y privado, pero también algunas de ellas son o aparentan estar dedicadas a subcontratar trabajadores. En algunos casos, son el complemento del mecanismo de los contratos de protección patronal, refirió Saúl Toledo.
De esta manera, una empresa o un patrón encarga a otra tanto la falsificación de facturas y de los libros de contabilidad para eludir sus obligaciones fiscales, y contratos colectivos de trabajo para evitar el pago de prestaciones y las cuotas a la seguridad social. Estos negocios han prosperado gracias a la permisividad de las autoridades.
De acuerdo con cálculos, tan solo en los últimos dos años, se realizaron operaciones por 339 mil millones de pesos con facturas falsas.
La iniciativa para reformar el outsourcing es una de las discusiones pendientes, que en este año 2021 se tiene previsto continuar a partir de febrero.
La propuesta hecha por el presidente Andrés Manuel López Obrador busca la protección de los trabajadores de los muchos abusos que se cometen en su contra, “hay estas oficinas de contratación que pueden tener hasta 10 mil trabajadores y de repente les dan de baja y no les consideran ninguna prestación”, denunció recientemente en su conferencia mañanera.
Esta forma de subcontratación ha dado lugar a grandes abusos por parte de empleadores, pues está claro que su objetivo es la simulación patronal y la evasión de la contratación colectiva y el pago de prestaciones.
La subcontratación simulada ya no se limita tampoco al trabajo temporal y con frecuencia, se cubren “puestos de trabajo de carácter permanente, haciendo tareas propias de la actividad normal de las empresas” sin derechos sindicales ni contractuales, incluso sin lograr una plaza de trabajo por tiempo indeterminado.
La subcontratación se ha extendido a ramas como la manufactura, servicios financieros, tecnologías de la información y en comercio predomina.
La subcontratación nos exclusiva de un sector de la economía, se le puede encontrar en ramas productivas como la manufactura, servicios financieros, tecnologías de la información, sector gubernamental y comercio. En este último sector económico, según algunos estudios, es la forma predominante para la contratación de personal.
El esquema de outsourcing se registra sobre todo en aquellos empleos emergentes y relativamente nuevos como los Call Centers, negocios de comida rápida o fastfood, trabajos en cines, bares, vendedoras de cosméticos, ropa y zapatos por catálogo, etc. La fuerza de trabajo requerida por este tipo de ocupaciones recae, sobre todo, en jóvenes con educación media superior terminada y/o con estudios universitarios truncos o en curso, resaltó Escobar Toledo en su estudio.
La maquila también ha sido un sector en el que la subcontratación ha tenido un ascenso notable, al igual que en la minería y en los trabajadores jornaleros.
Por ejemplo, las tareas de vigilancia o limpieza en una empresa quedan bajo la supervisión de los administradores de la misma (la parte contratante) pero la responsabilidad de la relación laboral recae en la empresa que proporcionó el personal para dichas tareas (la contratista). Sin embargo, en caso de violación de un derecho laboral o contractual, muchas veces no queda claro cuál de las dos empresas es responsable.
Para la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) la inclusión de las nuevas tecnologías en el sistema de producción y su impacto sobre las relaciones laborales está siendo objeto de un intenso debate tanto a nivel mundial como en América Latina y el Caribe.
Entre las nuevas formas de empleo que surgen de este proceso, se incluyen figuras como los trabajadores a distancia, en especial los llamados “jornaleros digitales”, y de manera más general, un conjunto de trabajadores que se ubican en el límite entre el trabajo asalariado y el trabajo independiente, muchas veces con elevados grados de informalidad.
Aunque en América Latina y el Caribe el desarrollo de plataformas digitales es menor que en Estados Unidos, Europa y Asia, varias empresas basadas en esta tecnología tienen presencia en esta parte del mundo, por ejemplo Uber Technologies Inc., empresa internacional que proporciona a sus clientes una red de transporte a través de una plataforma virtual. Los servicios de estas empresas también abarcan otros, como la entrega de alimentos a domicilio, destacó Escobar Toledo en su estudio “La Subcontratación: una Relación Laboral Multiforme”
El caso de los repartidores de comida, comúnmente víctimas de constantes accidentes viales de los cuales la empresa no se hace cargo, ha tenido algún impacto en los medios de comunicación. Diversos conflictos entre trabajadores de transporte público (taxis) tradicionales y de plataforma, se han presentado sobre todo en la Ciudad de México.
Por ello, se trata de un asunto que seguramente formará parte de la agenda legislativa cuando se decida revisar de nueva cuenta la Ley Federal del Trabajo y actualizarla a los nuevos fenómenos laborales, dijo el investigador del INAH.

Descargue el texto “La subcontratación: una relación laboral multiforme” de Saúl Escobar Toledo en el siguiente enlace: https://www.masreformasmejortrabajo.mx/index.php/documentos/ir-a-documentos/item/4160-la-subcontratacion-una-relacion-multiforme