Nuevas reglas para cumplir con las normas de subcontratación e inspección laboral

En 2012 cuando se introdujo esta figura se establecieron diversos lineamientos para evitar un uso inadecuado. Sin embargo, no fueron obstáculo para que se evadieran las obligaciones laborales y fiscales.

Información publicada en http://www.elpulsolaboral.com.mx/mercado-laboral/25849/nuevas-reglas-para-cumplir-con-las-normas-de-subcontratacion-e-inspeccion-laboral

01 de Junio del 2021

Por: Gabriela Velázquez

En 2012 cuando se introdujo esta figura se establecieron diversos lineamientos para evitar un uso inadecuado. Sin embargo, no fueron obstáculo para que se evadieran las obligaciones laborales y fiscales.

La STPS es la encargada de vigilar la observancia y aplicación de las disposiciones contenidas en el artículo 123 y demás de las Constitución Federal, de la Ley Federal del Trabajo y en sus reglamentos. El Gobierno Federal ha realizado esfuerzos por combatir los fenómenos que aquejan las relaciones laborales e intenta reivindicar los principios e instituciones del derecho del trabajo, para esto se necesita de un programa de inspección y fiscalización eficiente para detectar la subcontratación abusiva o ilegal.

En el foro virtual “La reforma de subcontratación laboral. El papel de la inspección laboral”, Héctor Arturo Mercado, Magistrado de Circuito del Consejo de la Judicatura Federal comentó que debe haber congruencia con los lineamientos y lo dispuesto en la ley, debido a que todo reglamento debe tener un fundamento.

En la medida que se retrase la instrumentación de la ley en los casos de subcontratación, implica inestabilidad en el trabajo, se genera una problemática por eso se deben cumplir los plazos e inmediatamente al día siguiente de no cumplir se deben concurrir ante la inspección de trabajo o una demanda ante los tribunales.

“El aspecto colectivo es fundamental para vigilar el trabajo y que los sindicatos, las federaciones y confederaciones se muevan al conjunto del mercado de trabajo para que se convierten en coadyuvantes para ayudar en su rama industrial, en su región, que se cumplan con estas disposiciones para ayudar a los trabajadores que no estén organizados para que denuncie”, señaló el Magistrado.

El abogado Germán Reyes Gaytán especialista en temas laborales comentó que no fue posible regular la subcontratación con anterioridad debido a la ausencia de información, puesto que no existe un registro de las empresas, además de que las empresas tenían un beneficio económico para disminuir los gastos de mano de obra y riesgos.

Ante esto, señala que hay siete nuevas reglas a cumplir en la LFT en materia de subcontratación.

1- se prohíbe la subcontratación de personal.

2- se permite la intervención de terceros para el proceso de contratación y reclutamiento.

3- se permite la subcontratación de servicios especializados que no formen parte de la actividad económica de la empresa.

4- se permiten los servicios u obras complementarias prestadas por el mismo grupo empresarial.

5- se presentarán por escrito los requisitos para la subcontratación especializada.

6- debe haber responsabilidad solidaria entre el contratista y el beneficiario.

7- los contratistas deben acreditar estar al corriente de sus obligaciones al registrarse en el padrón. /// Gabriela Velázquez

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