Documento elaborado en el marco del Proyecto de Solidaridad Obrera Intersindical México-Canadá. AUTORA: QUETZIQUEL FLORES VILLICAÑA
Los derechos colectivos del trabajo: libertad de asociación profesional, negociación colectiva y la huelga, constituyen la triada de la libertad sindical, un derecho que tiene tres ángulos interdependientes, y del que no se entiende el ejercicio pleno de uno de ellos sin, la posibilidad de los otros, son autónomos, interdependientes e indivisibles La dinámica del reconocimiento de la dignidad humana va a permitir que las libertades públicas y civiles sean las garantías en el pleno ejercicio de la libertad sindical tanto para hombres y mujeres sindicalistas.
