Es muy importante que las y los trabajadores de Mexico conozcan que todas las organizaciones sindicales deben legitimar sus contratos colectivos de trabajo, que consiste en preguntarles, mediante el voto personal, libre, directo y secreto, si lo aceptan o rechazan, ya sea porque este no recoge sus demandas laborales o simplemente porque no intervinieron en su creación. Ya que de este proceso se derivan otros mecanismos para garantizar una negociación colectiva verdadera.
Para conocer más del tema Tras la Chuleta, un programa radiofónico de la Red de Mujeres Sindicalistas en su emisión del 27 de diciembre 2022, entrevistó al Lic. José Amado Sosa Dueñas, Director de Legitimación de Contratos Colectivos, del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral
Pregunta
¿Qué debemos entender las y los trabajadores por legitimar un contrato colectivo de trabajo?
Respuesta
La legitimación es un procedimiento que nace con la Reforma Laboral de 2019, por virtud de la cual los sindicatos que son titulares de un contrato colectivo de trabajo, tienen la obligación y un plazo de cuatro años para someter a consulta el contrato colectivo de trabajo.
Es decir, tienen que peguntarle a las y los trabajadores cubiertos por el contrato colectivo si apoyan o no el contenido de ese contrato. En el entendido que debe hacerse mediante el voto personal, libre, directo y secreto
Pregunta
¿Por qué cuatro años? Y a partir de cuándo se debe hacer la cuenta de esos cuatro años?
Respuesta
La Reforma Laboral entró en vigor el primero de mayo de 2019, y el transitorio décimo primero de esa reforma da el plazo de cuatro años para que todos los sindicatos legitimen sus contratos colectivos de trabajo. Plazo que vence el 01 de mayo de 2023.
Las organizaciones sindicales que no lo hagan en este plazo (cuatro años) se tendrán por terminados los contratos colectivos de trabajo. Sin embargo, las condiciones y prestaciones contempladas en dichos contratos, superiores a la ley, se mantendrán y respetarán para cada trabajador de manera individual.
La obligación de este procedimiento recae en los sindicatos, son los sujetos obligados de iniciar este procedimiento que se hace a través de una plataforma electrónica, es decir, no hace falta acudir a una oficina. El sindicato tiene que registrase en la plataforma y subir toda la información y documentación que se solicita, la cuál de antemano puede consultar en el Protocolo para el procedimiento de legitimación de contratos colectivos de trabajo existentes que es un procedimiento normativo que regula este procedimiento.
La propia plataforma también es de acceso al público donde se pueden consultar los eventos de consulta programados, los contratos colectivos que se han legitimado y los que no se han legitimado.
En ese sentido como autoridad estamos muy abiertos, muy transparentes para que no hay lugar a dudas.
Caja de Herramientas
¿Conoces el contenido de tú contrato colectivo de trabajo? Que no te de pena preguntar, saber lo que en el se establece es tu derecho y también tu obligación.
RMS
Todos los contratos colectivos de trabajo se deben legitimar antes del primero de mayo de 2023, es decir se debe consultar a las y los trabajadores si están de acuerdo con el contenido de su contrato colectivo, y deberán aprobarlo o rechazarlo a través del voto libre, personal, secreto y directo.
La legitimación de contratos colectivos de trabajo existentes se regula por el artículo décimo primero transitorio de la Ley Federal del Trabajo, correspondiente a la reforma laboral de 2019.
El sindicato titular del contrato colectivo de trabajo deberá organizar la consulta. En caso de que la mayoría de las personas trabajadoras lo desaprueben o el sindicato no realice la consulta de legitimación antes del primero de mayo de 2023, el contrato colectivo se dará por terminado.
Todos los derechos y prestaciones establecidos en él se deberán mantener y respetar por el patrón.
Si tu sindicato no ha garantizado la legitimación del contrato colectivo de trabajo, solicita que lo haga, es importante porque el tiempo se agota. Además es la oportunidad de conocerlo bien y mejorarlo.
Recuerda. Un contrato colectivo de trabajo no legitimado antes del primero de mayo de 2023, se terminará
Si no se cumple el plazo, es la oportunidad para que las y los trabajadores por medio de un sindicato auténtico elaboren un nuevo contrato colectivo que responda a las necesidades y aspiraciones de todas y todos los que trabajan en un mismo centro laboral
Pregunta
¿Si esta responsabilidad de legitimar un contrato colectivo de trabajo recae en las organizaciones sindicales, qué papel tienen los empleadores en este procedimiento?
Respuesta
La empresa o patrón, que puede ser persona física o persona moral, tiene dos obligaciones fundamentales:
- Otorga todas las facilidades necesarias para que el sindicato pueda someter a consulta el contrato colectivo. Es decir, permitir que las personas trabajadoras acudan a votar; facilitar las instalaciones de la empresa para que se habilite un espacio donde se coloquen las urnas, mamparas, una mesa de registro, etc, y
- Entregar el contrato colectivo impreso a todos y cada uno de los trabajadores, días antes del evento de consulta, para que éstos puedan conocerlo, leerlo, revisarlo
Pregunta
¿También capacitarlos?
Respuesta
Desde luego porque hay confusión. Se piensa que se va a votar por el sindicato o por el patrón. Definitivamente no. El trabajador va a votar para decidir si está de acuerdo o no con su contrato colectivo de trabajo.
En la plataforma de YouTube tenemos muchos videos de orientación, de capacitación. En el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) también tienemos las puertas abiertas para recibir todo tipo de dudas, de consultas, los teléfonos también están a la mano. Y también, desde luego, el propio sindicato, el patrón lo puede capacitar, auxiliar a los trabajadores para que tengan conocimiento de lo que se trata esta votación.
Pregunta
También me refería, además de lo que has comentado, si el patrón o el sindicato o quién tiene la responsabilidad de capacitar a las y los trabajadores para que conozcan su contrato colectivo de trabajo, no solamente que se les entregue, sino además que lo estudien que aprendan las cláusulas más importantes. ¿Esto le toca al sindicato, al patrón o a ambos?
Respuesta
Originalmente le corresponde al sindicato, porque es quien ostenta la representatividad de las y los trabajadores, entonces tiene un compromiso con las y los trabajadores para mantenerlos actualizados, para explicarles todos los procesos de democracia sindical que ahora están a la vista, entre ellos el procedimiento de legitimación.
El patrón por otro lado, debe otorgar las facilidades, justamente, para que se pueda dar esta capacitación. Y entre sus obligación, el patrón no debe interferir de ninguna manera en el procedimiento de legitimación.
Pregunta
¿Qué papel debe jugar el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, en la legitimación de un contrato colectivo de trabajo?
Respuesta
Cuando un sindicato registra un procedimiento de legitimación y señala un evento o más eventos de consulta. El sindicato puede optar entre dos opciones para que se verifique su procedimiento.
- Puede ser la autoridad laboral a través de un verificador quien de fe y esté presente durante el evento de consulta;
- El sindicato también puede optar por el acompañamiento de un notario público, cuyos gastos correrán a cargo el sindicato, y que el hecho de que el sindicato opte por el notario, no exime a que la autoridad, el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral envíe a un inspector verificador para que también esté presente. Lo importante es que todos los eventos de consulta correspondientes a las legitimaciones estén a acompañados ya sea por una autoridad laboral o por un notario público, que den fe que las y los trabajadores acudieron a votar y que los citaron
Pregunta
¿Quienes pueden ser observadores para un proceso de consulta?
Respuesta
Cualquier persona que acredite objetividad, que acredite un interés neutro de estar presente en un procedimiento de legitimación puede hacer su solicitud a través de un correo que el Centro Federal tiene habilitado legitimacion.ayuda@centrolaboral.gob.mx se hace la solicitud y se especifica en qué procedimiento es en el que desea estar presente; y también justificar el interés que existe para ser observador.
Pregunta
¿Cuál es la dirección web para que cualquier trabajador o trabajadora que quiera conocer más del Centro Federal?
Respuesta
https://legitimacion.centrolaboral.gob.mx ahí además de la estadística actualizada también tenemos una guía de fácil acceso y de fácil lectura; tenemos para descarga el protocolo de legitimación, el listado de legitimaciones programadas; listado de contratos que se dieron por terminados e incluso un procedimiento de inconformidades. Es decir, si un trabajador detecta irregularidades e inconsistencias durante el evento de consulta o durante un procedimiento de legitimación, viene este recurso que puede hacer valer para efecto de hacer del conocimiento cualquier irregularidad que se pudiera presentar durante la votación, y eso naturalmente se toma en cuenta al momento de resolver la entrega o no de la constancia de legitimación.
Conoce más de la legitimación de los contratos colectivos de Trabajo en los siguientes enlaces:
Guía de Legitimación de Contratos Colectivos
Protocolo para el procedimiento de legitimación de contratos colectivos de trabajo existentes
Procedimiento de inconformidades
Preguntas frecuentes del proceso de legitimación de un contrato colectivo de trabajo
Tras la chuleta. Tu sintonía laboral, es un programa radiofónico de la Red de Mujeres Sindicalistas en colaboración con el IMER, cuyo objetivo es informar a la población sobre sus derechos como personas trabajadoras, a través de charlas con especialistas en derecho laboral.