El nuevo modelo de justicia laboral

Los nuevos tribunales laborales, explicó Jiménez Moles, funcionan como verdaderas autoridades laborales de primera instancia.

Antes de la Reforma Laboral de 2019 la justicia laboral dependía del Poder Ejecutivo, hoy está a cargo el Poder Judicial, tanto en materia  federal como local, lo que asegura que los conflictos que surjan de la relación empleado-patrón se resuelvan más rápidos y de manera transparente

Además dichos cambios en el sistema de justicia laboral están permitiendo que el 75 por ciento de los conflictos laborales se resuelvan vía la conciliación en menos de 45 días y los asuntos que llegan a los tribunales laborales concluyan en menos de un año.

Para hablar del nuevo modelo de justicia laboral en  Tras la Chuleta, el programa radiofónico de la Red de Mujeres Sindicalistas   entrevistamos  a María del Rosario Jiménez Moles, Magistrada presidenta de la 8ª  Sala del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, quien señaló que con este nuevo modelo se pretende que los juicios duren poco tiempo, mediante un sistema de juicios orales donde el juez está presente, ya no tenemos, una justicia de secretario, sino de juez, que es el que va a llevar a cabo las audiencias , admitir pruebas y desahogarlas y después de los alegatos dictará su resolución.

Los nuevos tribunales laborales, explicó Jiménez Moles, funcionan como verdaderas autoridades laborales de primera instancia.

Qué significa la primera instancia. Es ante quien yo presento la demanda, se contesta la demanda. Se lleva todo un procedimiento y obtengo una sentencia.

Todo ese procedimiento que se lleva ante los tribunales de justicia laboral a cargo de un juez laboral, pueden ser revisados en una siguiente instancia que son los Tribunales Colegidos de Circuito, cada uno de los estados de la República tiene su circuito. Esa sería la segunda instancia , donde los justiciales que no estén de acuerdo con la sentencia que les dictan puedan promover un juicio de amparo, y entonces lo ve una segunda instancia que es la única y última instancia en materia de legalidad. Y, si hubiera un problema de constitucionalidad, porque se esté aplicando un precepto que ellos consideran que va en contra de la constitución, que es inconstitucional o anticonstitucional, entonces podría haber una última posibilidad, pero solo de alegato de que esa ley es inconstitucional o ese artículo, y entonces conocería la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

El cambio radica que en lugar de acudir a las Juntas de Conciliación y Arbitraje, que también eran la primera y única instancia en materia laboral. Y después inconformarse por lo que le resuelvan las juntas en un juicio de amparo ante tribunales, ahora lo van a hacer ante tribunales muy ágiles. Si anteriormente se tardaban cinco años en desahogar una controversia, ahora se van a tardar menos de un año en poder obtener una sentencia y poder determinar si le favorece y no se van al amparo o irse al amparo porque esa sentencia les viola algún derecho y entonces conocería un tribunal colegiado.

La Magistrada Jiménez Moles destacó también los cambios procesales que tuvo la ley en 2019, dijo que materia de las periciales en lugar de que hubiera el perito del trabajador, el perito de la empresa y un tercero en discordia, ahora solo se desahoga con un perito único del estado , eso es una gran agilidad en los procedimientos .

Caja de Herramientas

Los conflictos laborales entre los trabajadores y los patrones son mas comunes de lo que parece, por es importante saber que dice al respecto la reforma laboral de 2019

Con el fin de que los conflictos laborales se resuelve lo mejor y más rápido posible hoy existen jueces de lo laboral que son parte de los tribunales del Poder Judicial que atienden estos asuntos. Antes los conflictos laborales se resolvían en un promedio de 4 años y medio, y hoy se están resolviendo en un promedio de seis meses 

Salvo algunas excepciones los conflictos laborales deben pasar por la conciliación prejudicial obligatoria, pero no es obligación que el trabajador o la trabajadora lleguen a un acuerdo con el patrón, si no les conviene.

Sin embargo, es cierto que con la conciliación se ahorra tiempo ya que esta se debe realizar en máximo 45 días y los juicios laborales deben resolverse en un máximo de un año.

Es muy recomendable sentirse acompañado cuando se tiene un conflicto laboral, por eso antes de iniciar un juicio, las y los trabajadores deben acudir a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo en su localidad. Ahí recibirán toda asesoría que necesitan.

Con estos cambios de la reforma laboral podemos tener certeza de que la justicia laboral es imparcial y rápida y al alcance de todas las y los trabajadores.

Tras la Chuleta

En cuanto a los testigos hoy se pueden ofrecer hasta tres por cada hecho controvertido, antes eran cinco y eso dilataba muchísimo los juicios .

La confesional también cambio y se vuelve como una auténtica testimonial, en lugar de que se haga muy acartonada, ahora todas las partes pueden repreguntar a la absolvente y de esa manera llevar mucho más ágil y mucho mas rápido el procedimiento.

También apuntó que hoy tenemos unos jueces mejor preparados de lo que lo estaban los anteriores juzgadores. Los tenemos mucho mejor pagados. Eso permite que haya autonomía, que haya independencia del juez. Se les provee de todos los instrumentos informáticos necesarios para que lleven sus juicios mediante audiencias videograbadas y se puedan llevar juicios orales y en línea, lo cual abarata los costos y permite que se lleve y se desahogue mas rápido el procedimiento.

Como son personas muy preparadas que resultan de los concursos, esto permite que las resoluciones sean muy apegadas a derecho, y además de que hay nuevos principios que rigen esta Ley Federal del Trabajo reformada, como es el principio de veracidad y de realidad sobre aspectos de carácter formal .

En ese contexto habló del principio de inmediación que implica que el juez va a estar presente en los desahogos. Y esta inmediación permite que pueda concentrar en la menor cantidad de actos jurídicos y llevar el procedimiento, lo cual le va a dar celeridad,  economía procesal y finalmente certeza. 

Jiménez Moles explicó también lo que el principio de la veracidad de la realidad. Anteriormente había demasiada atención en los formalismos. Cuando nosotros citábamos un testigo, un declarante o alguien que iba a ratificar un documento a veces no se presentaban y fingían estar enfermos y presentaban un certificado que aparentemente cumplía con todas las formalidades de la ley, pero en la mayoría de los casos era una mentira, los testigos no estaban preparados o no tenían manera de presentarlos e inventaban esos certificados que aparentemente y bajo investigaciones muy rigurosas de formalidad pasaban la prueba, pero realmente uno sabía que estaba siendo engañado por alguna de las partes. Entonces, se hizo un cambio en la ley mediante el cual se permite verificar, por ejemplo, si el enfermo está tan enfermo como dicen. Eso es darle más valor a la verdad que a la formalidad del certificado y eso se aplica en absolutamente todos los niveles . Nosotros tenemos forma de conseguir una prueba más eficiente que las que están en el juicio, el juez de oficio, rompiendo los formalismos , puede solicitar la prueba. Entonces estoy privilegiando la verdad sobre la formalidad.

En particular las mujeres trabajadoras tienen “una serie de garantías nuevas, y entre estas garantías está el derecho a un ambiente de trabajo libre de violencia , que además,  fue acompañado por la firma del Convenio 190 de la OIT, contra la violencia laboral.

Respecto de las trabajadoras embarazadas señaló que hay una protección importante, en la Fracción Tercera del artículo 857 que dice que si una persona en esas condiciones es despedida puede Ir a demandar directamente , sin acudir a una conciliación que es obligatoria y mientras se lleva el procedimiento no podrán ser dadas de  baja con independencia de lo que resulte en la investigación de si incurrió o no en alguna causal de rescisión.  También hay un cambio importante en la vida sindical de las mujeres porque se habla ahora de representación proporcional y de procurar que sean ellas secretarias generales de los sindicatos. Ya hay una protección que no había habido nunca , finalizó

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