Solidaridad y lucha: el caso Linamar

La negativa de esta compañía canadiense a negociar su CCT y a reconocer al Sindicato Nacional de Mineros como su legítimo representante es una flagrante violación de los derechos sindicales establecidos en nuestra legislación federal, así como en los Convenios 87 y 98 de la OIT

Sindicatos gremiales y aerolíneas

Hay empresas que en su afán de ganar más, olvidan que lo más importante son sus trabajadores y que sus condiciones laborales sean óptimas, para garantizar la seguridad de las operaciones y que el servicio sea óptimo, lo cual no ocurre cuando hay prácticas de presión indebidas que estresan de más a la planta.

Libertad Sindical

La libertad sindical, es y solo es de las y los trabajadores: Doctor José Alfonso Bouzas Ortiz

El T-MEC, lo ilógico de lo ilógico en temas laborales

Escrito por Carlos Carral  Si revisamos el contenido del T-MEC, particularmente el contenido del capitulo 23, resulta que Estados Unidos y Canadá, son coadyuvantes y vigilantes del cumplimiento de los derechos colectivos del trabajo en nuestro país (derecho a la libre sindicación, derecho a la contratación colectiva y derecho de huelga); en teoría México y […]